Membresía
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La solicitud de membresía se realizará mediante escrito dirigido al Consejo, quien verificará el cumplimiento de los requisitos de los 2 artículos siguientes y resolverá sobre la admisión o inadmisión a trámite de la solicitud. Las solicitudes admitidas a trámite serán sometidas a la aprobación de la primera Asamblea General que se celebre.
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Los requisitos exigidos para poder ser miembro de esta Iglesia son los siguientes:
Ser mayor de dieciocho años.
Haber asistido por más de un año a la iglesia local de forma consecutiva (semanal) y habitual.
Hacer pública confesión de fe en Jesucristo como Hijo de Dios y reconocerle como Salvador personal.
Ser bautizado conforme a la doctrina de la Iglesia.
Mantener una conducta y un testimonio cristianos tanto pública como privadamente.
Suscribir las doctrinas y principios que se mencionan en el artículo de Credo de Iglesia.
Aceptar las normas, requisitos y deberes contenidos en los presentes Estatutos.
Haber completado una formación personal en el evangelio de Jesucristo (duración aproximada de dicha formación de 1 año). Dicha formación será por medio del material que la Iglesia disponga y considere oportuno para garantizar que el creyente ha sido formado en el evangelio y doctrinas y confesión de fe de la Iglesia.
Adquirir un compromiso de sostenimiento de la Iglesia por medio de la oración, asistencia, participación y contribución económica (donaciones), según la capacidad y situación de cada creyente.
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Los derechos de los miembros de esta Iglesia son:
Recibir la asistencia, los servicios y las atenciones espirituales propios de una Iglesia Evangélica para con sus miembros en la forma establecida para ello.
Participar en las Asambleas Generales de miembros con voz y voto.
Tener facultad para ser elegido por el Consejo para desempeñar cargos y comisiones espirituales para el servicio en la Iglesia.
4.
Poseer un ejemplar de los Estatutos y ser informado de los acuerdos adoptados por los órganos rectores, así como copia del documento de membresía firmado por el pastor de la Iglesia.
Solicitar la participación pastoral en su casamiento, presentación de sus hijos y/o funeral.
Ser partícipe de los bienes comunitarios de la Iglesia en la forma establecida para ello, esto es: el local de culto y materiales propios de uso de las diferentes actividades de la iglesia, así como solicitar ayuda del departamento de Obra Social.
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Además de las contenidas en otros lugares de estos Estatutos, son obligaciones de los miembros de la Iglesia:
Asistir regularmente a los cultos y demás actividades de la iglesia.
Contribuir al alcance de los fines de la Iglesia cumpliendo las comisiones o mandatos encomendados y libremente aceptados.
Contribuir al sostenimiento de la Iglesia con su asistencia, oraciones, convivencia fraternal, servicios propuestos por la Iglesia (y aceptados por el miembro) y donaciones periódicas, diezmos y cualquier otra ofrenda que el miembro quisiera realizar.
Cumplir y hacer cumplir lo previsto en estos Estatutos, en el Reglamento de Régimen Interno y en los acuerdos válidamente adoptados por la Asamblea General y por el Consejo de la Iglesia. Los miembros de la iglesia aceptan que las comunicaciones entre ellos y la entidad pueda realizarse a través de medios informáticos, electrónicos o telemáticos.
Respetar las cláusulas de salvaguarda de la identidad religiosa de esta iglesia, suscribir la base de fe y mantener conducta acorde con la misma.
Honrar al resto de los miembros de la Iglesia y especialmente a aquellos que ostenten cargos o responsabilidades, contribuyendo en cuanto les sea posible a la edificación espiritual de la misma.
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Los miembros de esta Iglesia causan baja:
Por traslado a otra Iglesia de igual confesión. En este caso, y previa petición verbal o escrita, el Consejo de Iglesia extenderá la correspondiente carta de traslado.
Por voluntad propia, solicitándolo al Consejo.
Por dejar de asistir a las reuniones de la iglesia durante un espacio de cuatro meses consecutivos sin justificar causa alguna o notificarlo.
Por exclusión si abandona la fe y prácticas de la Iglesia.
Por decisión de la Asamblea General.
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El carácter y la finalidad de esta Iglesia determinan un profundo sentido de responsabilidad cristiana en cada uno de los miembros, en el doble sentido de adecuar su forma de vida a lo establecido en la Palabra de Dios y mantener un constante cuidado pastoral mutuo.
En este sentido, es responsabilidad primordial del Consejo de la Iglesia el cuidado, corrección y exhortación de los miembros de la Iglesia según está contemplado en el pasaje bíblico de Mateo 18:15-17.
Como un medio extraordinario de esta corrección y exhortación se prevé el uso de la sanción disciplinaria, la cual se ajustará a las siguientes normas:
A. El Consejo podrá imponer disciplina a aquellos miembros que se aparten de los principios doctrinales de la Iglesia o de las normas contenidas en estos Estatutos.
B. En el proceso disciplinario se dará oportunidad de ser oído al interesado.
C. La disciplina solo afectará a los derechos reconocidos en los presentes Estatutos a los miembros de la Entidad y a título indicativo, podrá consistir en amonestación verbal o escrita, suspensión o cese anticipado del cargo o ministerio que desempeñe, privación temporal de participar en la mesa del Señor y separación de la Iglesia.
D. Todas las sanciones, incluso la de exclusión tienen como fin la restauración de la persona y por ello, serán consideradas como temporales, hasta que se verifique la rehabilitación.
E. En los procesos disciplinarios, el Consejo de la Iglesia podrá acordar, cuando las circunstancias lo requieran, la suspensión cautelar de cualquier cargo de la entidad hasta que el mismo Consejo o la Asamblea General se pronuncie definitivamente al respecto.
F. En caso de exclusión, si el miembro no estuviere conforme con la decisión en este sentido del Consejo de Iglesia, podrá solicitar en el plazo de 20 días naturales a la decisión del Consejo, ser oído y que resuelva definitivamente la Asamblea General, quedando eximida la Iglesia o el Consejo de responsabilidad en el caso de que la conducta pudiera constituir escándalo o afecte a la esfera de la intimidad personal.

