Congregacionalismo

Una forma bíblica de ser iglesia

Qué es el congregacionalismo

El congregacionalismo no es una invención moderna, ni una etiqueta denominacional al uso, ni una mera preferencia organizativa entre tantas otras. Es la convicción de que cada iglesia local, reunida en el nombre de Cristo, es una manifestación completa y verdadera de la Iglesia, y que en ella reside la autoridad para gobernarse a sí misma bajo el señorío exclusivo de su Cabeza, Jesucristo, conforme a la Palabra de Dios.

Frente al episcopalismo, que sitúa la autoridad final en un obispo o jerarquía eclesiástica, y frente al presbiterianismo, que la sitúa en concilios o sínodos por encima de la congregación, el congregacionalismo confiesa que ninguna autoridad humana, individual ni colegiada, puede colocarse sobre la iglesia local. Cristo gobierna su iglesia directamente, por medio de su Palabra y su Espíritu, a través de los oficios que Él mismo ha instituido para ello: pastores, ancianos y diáconos; y con el consentimiento de la congregación que Él mismo ha redimido.

No es democracia secular trasladada al ámbito eclesial, ni anarquía espiritual donde cada uno hace lo que bien le parece. Es teocracia local: el reinado de Cristo ejercido en medio de su pueblo reunido. Como afirma la Escritura: “Donde están dos o tres congregados en mi nombre, allí estoy yo en medio de ellos” (Mt 18:20). Y donde Cristo está como Rey, no hace falta otro vicario sobre la tierra.

Raíces bíblicas del gobierno congregacional

Aunque el término congregacionalismo es posterior, su sustancia se encuentra en el Nuevo Testamento. Las iglesias apostólicas eran congregaciones locales, autónomas en su gobierno, unidas por una misma fe, una misma comunión y una misma Cabeza, pero no sometidas unas a otras ni a estructuras supracongregacionales.

Cuando surgió en Antioquía la cuestión de la circuncisión, fue la iglesia la que envió a Pablo y Bernabé a Jerusalén (Hch 15:2-3). En el concilio de Jerusalén, la decisión final agradó “a los apóstoles y a los ancianos, con toda la iglesia” (Hch 15:22), y la carta resultante fue una recomendación fraterna, no un decreto vinculante de una iglesia sobre otra. En Mateo 18, el Señor mismo entrega la autoridad disciplinar a la congregación: “dilo a la iglesia; y si no oyere a la iglesia, tenle por gentil y publicano” (Mt 18:17). En 1 Corintios 5, Pablo no excomulga al pecador desde la distancia, sino que instruye a la iglesia reunida para que ella misma lo entregue a Satanás (1 Co 5:4-5). Y cuando hubo que escoger a los siete encargados de la diaconía, los apóstoles dijeron a la multitud de los discípulos: “buscad, pues, hermanos, de entre vosotros a siete varones” (Hch 6:3).

Cada iglesia local del Nuevo Testamento tenía sus propios ancianos (Hch 14:23; Tit 1:5), administraba sus propios sacramentos, ejercía su propia disciplina, recibía y despedía a sus miembros, y respondía directamente ante Cristo. Las iglesias se amaban, se ayudaban, se enviaban misioneros y ofrendas, pero ninguna gobernaba sobre otra. Esa es la huella apostólica que el congregacionalismo procura conservar.

Los separatistas ingleses y el redescubrimiento de la iglesia visible

Tras la Reforma del siglo XVI, muchos creyentes en Inglaterra concluyeron que la reforma de la iglesia anglicana no había llegado lo suficientemente lejos. Los puritanos buscaron reformarla desde dentro; los separatistas, en cambio, entendieron que una iglesia verdadera no podía estar sometida al estado ni mezclada indiscriminadamente con incrédulos, y que era necesario salir y formar congregaciones de creyentes profesantes unidos por pacto.

Robert Browne, en su obra A Treatise of Reformation without Tarrying for Any (1582), defendió que los creyentes no debían esperar al permiso del magistrado civil para obedecer a Cristo y constituirse en iglesias bíblicas. Henry Barrow y John Greenwood, ejecutados en 1593 por sus convicciones, sostuvieron que la iglesia verdadera es una compañía de fieles llamados del mundo por la Palabra, congregados voluntariamente en un pacto, gobernados por Cristo mediante sus oficiales, y autónomos en cada localidad.

Estos hombres pagaron con prisión, destierro y muerte la convicción de que la iglesia local debe ser libre de toda autoridad ajena a Cristo y a su Palabra. Su sangre selló el principio congregacional: la iglesia no pertenece al rey, ni al obispo, ni al sínodo, ni al pueblo en sentido democrático, sino al Señor Jesucristo, y se gobierna conforme a lo que Él mismo ha establecido en las Escrituras.

Los peregrinos y la iglesia bajo pacto

Una de las expresiones más puras del congregacionalismo histórico fue la congregación de Scrooby, en Inglaterra, que primero se exilió en Holanda y después, en 1620, cruzó el Atlántico a bordo del Mayflower. Bajo el ministerio de John Robinson, aquella iglesia se había constituido años antes por pacto voluntario. Como relata William Bradford en Of Plymouth Plantation, aquellos creyentes “se unieron, por pacto del Señor, en estado de iglesia, en la comunión del evangelio, para caminar en todos sus caminos, dados a conocer o por darse a conocer a ellos, conforme a sus mejores esfuerzos, costare lo que costare, con la ayuda del Señor”.

El pacto eclesial es uno de los rasgos más característicos del congregacionalismo. La iglesia no es una asociación voluntaria al estilo de un club, ni una institución impuesta desde fuera, sino una comunidad de creyentes que, habiendo sido reunidos por la gracia, se comprometen mutuamente a vivir como pueblo de Dios bajo la Palabra. Es la respuesta visible al pacto eterno que Dios ha hecho con su pueblo en Cristo.

John Robinson, al despedir a los peregrinos antes de su partida desde Delfshaven, pronunció aquellas palabras que han quedado como divisa del espíritu congregacional reformado, recogidas por Edward Winslow en Hypocrisie Unmasked: estaba “muy confiado en que el Señor tiene aún más verdad y luz por hacer brotar de su santa Palabra”. No era un llamado al subjetivismo, sino la confesión humilde de que la iglesia, bajo Cristo, debe seguir aprendiendo y obedeciendo lo que las Escrituras enseñan, sin atarse a tradiciones humanas que las contradigan.

La Plataforma de Cambridge y la Declaración de Savoy

A medida que el congregacionalismo maduraba, sintió la necesidad de expresar su fe en confesiones comunes, no porque ninguna confesión pudiera imponerse desde arriba a las iglesias, sino porque la unidad de la fe se manifiesta naturalmente en una confesión compartida.

En Nueva Inglaterra, la Plataforma de Cambridge (1648) articuló por primera vez de manera sistemática el gobierno congregacional reformado. Reconocía la Confesión de Westminster en cuanto a doctrina, pero defendía que el gobierno de cada iglesia local reside en ella misma, bajo Cristo, y no en presbiterios o sínodos jerárquicos. Los sínodos podían reunirse para consultar, aconsejar y exhortar, pero no para gobernar sobre las iglesias.

En Inglaterra, la Declaración de Savoy (1658), redactada por John Owen, Thomas Goodwin, Philip Nye, William Bridge, William Greenhill y Joseph Caryl, hizo lo propio. Tomando como base la Confesión de Westminster, mantuvo prácticamente intacta su doctrina y reescribió las secciones referentes a la iglesia, añadiendo además una Plataforma de Polity titulada De la institución de las iglesias y el orden establecido en ellas por Jesucristo. Allí se confiesa, entre otras cosas, que las iglesias particulares, constituidas conforme a la mente de Cristo, son la sede de la autoridad que Él comunica a sus santos en este mundo, y que fuera de ellas no ha instituido Cristo ninguna iglesia más extensa o católica a la que haya confiado poder para la administración de sus ordenanzas o la ejecución de su autoridad en su nombre.

Hombres como John Owen, sin duda uno de los teólogos más profundos de la historia reformada, no abrazaron el congregacionalismo por preferencia organizativa, sino porque, tras un estudio cuidadoso de las Escrituras, concluyeron que era el modelo bíblico de gobierno eclesial. La teología reformada y el congregacionalismo no son extraños el uno al otro; al contrario, en muchos de los mejores teólogos puritanos confluyeron como dos hilos de una misma trenza.

Lo que el congregacionalismo significa hoy

El congregacionalismo no es un museo histórico. Es una convicción viva que conforma el modo en que una iglesia se entiende a sí misma, se organiza y obedece a su Señor. Para una iglesia congregacionalista reformada hoy, esto significa al menos lo siguiente:

  • Cristo es la única Cabeza de la iglesia. Ningún hombre, ningún cargo, ningún concilio puede ocupar el lugar que pertenece únicamente al Señor Jesús. “Y Él es la cabeza del cuerpo que es la iglesia” (Col 1:18). El congregacionalismo no es la exaltación de la asamblea, sino la exaltación de Cristo sobre la asamblea. Donde Cristo no reina, ningún sistema de gobierno la salva; donde Cristo reina, ningún sistema humano puede destronarlo.

  • La Escritura es la norma suficiente para el gobierno de la iglesia. No basta con afirmar Sola Scriptura para la salvación y luego importar para la iglesia formas de gobierno tomadas de la tradición, la pragmática o la cultura. Si la Biblia es suficiente para enseñarnos cómo ser salvos, también lo es para enseñarnos cómo ser iglesia. El congregacionalismo se somete a lo que las Escrituras revelan acerca de la naturaleza, los oficios y las prácticas de la iglesia local.

  • La iglesia local es autónoma bajo Cristo. Cada congregación tiene autoridad, recibida de Cristo, para predicar la Palabra, administrar el bautismo y la Cena del Señor, recibir y despedir miembros, escoger y reconocer a sus oficiales, y ejercer disciplina. No depende de un obispo externo ni de un sínodo superior. Esto no es independencia altanera ni aislamiento, sino fidelidad al patrón apostólico.

  • La membresía importa. Si la congregación es responsable del gobierno de la iglesia, entonces no puede haber membresía descuidada. Ser miembro de una iglesia congregacionalista es asumir un pacto: comprometerse a caminar con los hermanos en doctrina, vida y comunión, sometiéndose mutuamente a la Palabra y a la disciplina fraterna. La membresía no es un trámite administrativo, sino una expresión visible del cuerpo de Cristo.

  • Hay oficios bíblicos. El congregacionalismo no es asambleísmo igualitario. Cristo ha dado a su iglesia ancianos, encargados de la enseñanza, el pastoreo y el gobierno (1 Ti 5:17; Hch 20:28; He 13:17), y diáconos, encargados del servicio (Hch 6:1-6; 1 Ti 3:8-13). La congregación reconoce a aquellos a quienes Cristo ha llamado y los confirma en su oficio; pero la autoridad de gobernar y enseñar reside en los ancianos, no en el voto de la mayoría. La iglesia escucha a sus pastores y los obedece en aquello que es conforme a la Palabra (He 13:17).

  • Las decisiones se toman en comunión. En las cuestiones que tocan a toda la iglesia (admisión y despido de miembros, elección de oficiales, decisiones de disciplina, cambios fundamentales en la vida de la iglesia), la congregación participa, no como mayoría política, sino como cuerpo discerniendo juntos la voluntad del Señor bajo la guía de sus ancianos. No es votación al estilo del mundo, sino consenso bajo la Palabra.

  • Las iglesias se relacionan en fraternidad, no en jerarquía. Cada iglesia es autónoma, pero ninguna es independiente en el sentido de aislada. Las iglesias congregacionalistas se asocian voluntariamente con otras iglesias de fe y orden semejantes para la mutua edificación, el consejo, la misión y la ayuda en tiempos de necesidad. Lo que las une no es una estructura institucional, sino una misma confesión, un mismo Señor y un mismo Evangelio.

  • La gloria es de Dios solamente. El congregacionalismo reformado no es un orgullo eclesial ni una bandera identitaria. Es una manera de organizar la iglesia que procura quitar del centro toda gloria humana (la del clérigo, la del obispo, la del sínodo, la de la institución) para que solo Cristo sea exaltado en medio de su pueblo. Si la forma de gobierno eclipsa al Evangelio, ha dejado de cumplir su propósito. Soli Deo Gloria también en la iglesia local.

Una palabra final

Confesar el congregacionalismo no es despreciar a hermanos de otras tradiciones, ni declarar inválido el ministerio de quienes sirven al Señor bajo gobiernos episcopales o presbiterianos. Es, sencillamente, querer ser fieles a lo que entendemos que las Escrituras enseñan acerca de la iglesia que el Señor compró con su propia sangre (Hch 20:28).

Una iglesia local, reunida bajo el señorío de Cristo, sometida a su Palabra, gobernada por ancianos llamados por Él, sirviendo en comunión, viviendo en santidad, predicando el Evangelio y disciplinando con amor, es, según las Escrituras, una iglesia verdadera del Señor. Y donde dos o tres se reúnen así en su nombre, allí está Él. No hace falta más. Cristo es suficiente para su iglesia, como es suficiente para nuestra salvación.

Que el Señor nos conceda ser iglesia conforme a su Palabra, no conforme a nuestras costumbres; conforme a su voluntad, no conforme a nuestra conveniencia; para su gloria, no para la nuestra.

- Pr. David Gómez